Los ascensores representan uno de los activos más críticos en edificios residenciales, oficinas, hospitales e instalaciones industriales. Su funcionamiento continuo y la seguridad de los usuarios dependen de un mantenimiento riguroso y de inspecciones periódicas. Cuando se produce un siniestro que afecta a un ascensor, la peritación se convierte en un proceso determinante para establecer la causa del fallo, verificar la cobertura de la póliza y cuantificar una indemnización que, en muchos casos, alcanza cifras considerables. Para las aseguradoras, disponer de protocolos de inspección específicos y criterios de valoración homogéneos no es una opción; es la única vía para controlar la siniestralidad técnica y minimizar el riesgo de conflictos que acaben en los tribunales.
En este artículo abordamos cómo debe realizarse la peritación de siniestros en ascensores, desde la preparación previa a la inspección hasta la cuantificación final de los daños. Explicamos las fases del protocolo pericial, los puntos críticos que todo perito debe revisar, los criterios para valorar económicamente el siniestro y los errores más habituales que pueden disparar el coste del expediente. Todo ello desde la perspectiva de los profesionales de siniestros y tramitación, que necesitan argumentos técnicos sólidos para tomar decisiones rápidas y justas.
Los ascensores pueden estar cubiertos por distintas modalidades de póliza en función de su ubicación y titularidad. En comunidades de propietarios, lo más frecuente es que el ascensor forme parte del continente y quede amparado por la póliza de daños materiales del edificio. En entornos industriales o comerciales, el ascensor suele integrarse en pólizas de avería de maquinaria o en coberturas multirriesgo específicas. Conviene revisar siempre las condiciones particulares, ya que no todas las pólizas contemplan de igual modo los daños por desgaste, fatiga de materiales o fallos derivados de un mantenimiento deficiente.
La cobertura habitual en un siniestro de ascensor distingue entre el daño directo al equipo, los daños a terceros derivados de un posible fallo (lesiones a usuarios, daños a bienes colindantes) y, en pólizas avanzadas, la pérdida de beneficios o el lucro cesante por la paralización de la actividad. Un perito de seguros especializado debe interpretar cada apartado del clausulado para verificar, antes de cuantificar, que el hecho siniestral encaja exactamente con los riesgos cubiertos. De no hacerlo, una simple interpretación incorrecta puede traducirse en un pago indebido o en una reclamación que la aseguradora tendrá complicado defender ante una contrapericia o en sede judicial.
La regulación de los ascensores tiene un componente normativo muy relevante que el perito debe dominar. El Real Decreto 88/2013, que aprueba la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención, establece las condiciones de seguridad que deben cumplir los ascensores existentes. Las normas UNE-EN 81-20 y UNE-EN 81-80, que regulan las reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores y la mejora de la seguridad de los ascensores existentes, respectivamente, son referencias técnicas imprescindibles. El perito debe conocer esta legislación para determinar si el siniestro pudo deberse a un incumplimiento normativo, a un defecto de fabricación o a una falta de mantenimiento, ya que cada escenario condiciona la cobertura y la posible vía de repetición contra el responsable último.
La peritación de un siniestro en un ascensor sigue una secuencia de fases bien definidas, pero con exigencias técnicas muy particulares debido a la complejidad mecánica, eléctrica y de seguridad de estos equipos. Conocer cada etapa permite a la aseguradora acortar plazos de resolución sin sacrificar calidad técnica ni rigor documental. Una gestión ordenada desde el primer momento es la mejor garantía para que el informe pericial resista cualquier revisión posterior y sirva como soporte sólido para la toma de decisiones.
En ascensores, a diferencia de otros equipos industriales, confluyen elementos mecánicos sometidos a fatiga, sistemas eléctricos de control, dispositivos de seguridad redundantes y componentes hidráulicos en los modelos que no utilizan tracción por cable. Esta diversidad técnica obliga al perito a seguir un protocolo estructurado que no deje ningún punto crítico sin revisar. Las fases que se describen a continuación han sido contrastadas en cientos de expedientes reales y representan el estándar que toda aseguradora debería exigir a sus peritos, tanto internos como externos.
Una vez comunicado el siniestro, la compañía debe asignar el caso a un perito con experiencia acreditada en ascensores, preferentemente con conocimientos de mecánica, electricidad y normativa de elevación. En esta fase se recaban los datos básicos: marca y modelo del ascensor, año de instalación, tipo de tracción (eléctrica o hidráulica), capacidad de carga, número de paradas, historial de mantenimiento, fecha de la última revisión oficial y coberturas contratadas. Una preparación minuciosa evita que el perito acuda a la inspección sin la documentación clave y, lo que es más frecuente de lo deseable, que omita algún punto de verificación esencial por desconocimiento del historial del equipo.
El perito debe revisar además si el ascensor cuenta con el libro de registro de revisiones periódicas y si las inspecciones obligatorias realizadas por un organismo de control autorizado se han superado favorablemente. La ausencia de estos documentos puede ser indicio de un mantenimiento deficiente que influya en la valoración final, e incluso puede dar lugar a que la aseguradora aplique exclusiones o franquicias previstas en la póliza. También es recomendable verificar si el ascensor dispone de contrato de mantenimiento en vigor y si la empresa mantenedora está habilitada conforme a la normativa vigente, ya que esta información resulta determinante para establecer responsabilidades.
La visita al lugar del siniestro constituye la fase más delicada de todo el proceso pericial. El perito debe inspeccionar el ascensor completo y su entorno, documentando cada elemento afectado con fotografías de alta resolución, vídeos y croquis acotados. En función del tipo de siniestro y de la tipología del ascensor, los puntos críticos a revisar incluyen los siguientes elementos, que se detallan por sistemas para facilitar una inspección sistemática y ordenada.
Durante la inspección, el perito no solo recoge evidencias materiales; también mantiene una primera entrevista con el responsable de mantenimiento, el portero o los usuarios que pudieran haber presenciado el incidente. Estas declaraciones tempranas son muy valiosas y se incorporan al informe pericial como un elemento más de convicción. Cualquier información sobre ruidos anómalos, vibraciones, paradas inexplicables o incidencias previas puede orientar al perito hacia la causa raíz del siniestro y debe quedar reflejada con el máximo detalle en el acta de inspección.
El informe pericial debe estructurarse de manera que reproduzca fielmente la cadena de hechos: descripción del ascensor y sus condiciones de funcionamiento antes del siniestro, cronología de los daños observados, determinación de la causa más probable con fundamentos técnicos y respaldo normativo, relación de daños materiales con valoración económica desglosada y, en su caso, propuesta de indemnización por paralización del servicio. Cada partida debe respaldarse con facturas, presupuestos de reparación o precios de mercado contrastados, evitando estimaciones genéricas que resten credibilidad al informe.
Para la aseguradora, la solidez de este documento es la principal arma frente a una eventual reclamación del asegurado o de terceros afectados. Un informe que se limite a describir los daños sin establecer de manera clara la causa y su encaje en las coberturas deja demasiado margen a la interpretación. Por eso, en peritaciones de ascensores se recomienda que el perito utilice metodologías estandarizadas de análisis de fallos, como el análisis de causa raíz, y que la propuesta de indemnización distinga entre el coste de reparación, el valor venal del equipo si se declara siniestro total, y las partidas correspondientes a daños a terceros o lucro cesante si proceden según la póliza contratada.
La valoración económica de un siniestro en un ascensor no puede resolverse con una simple comparación de presupuestos. Intervienen al menos tres grandes bloques que el perito debe ponderar en función del tipo de póliza y del estado previo del bien. El primero es el daño directo al equipo, que incluye la reparación o reposición de los elementos dañados. Se aplicará el valor de reposición a nuevo con la depreciación que marque la póliza, o el valor venal si el ascensor se considera siniestro total. En equipos con muchos años de antigüedad, la discusión sobre la depreciación puede ser intensa; disponer de tablas de amortización sectorial y de facturas de mantenimiento recientes ayuda a fijar un valor objetivo y defendible ante una contrapericia.
El segundo bloque son los daños a terceros. Si la caída de la cabina, un fallo en las puertas o cualquier otra anomalía causa lesiones a usuarios o daños a bienes de terceros, el perito deberá cuantificar cada partida de forma independiente. Aquí los baremos de tráfico no aplican directamente, pero sí los criterios de la Ley de Responsabilidad Civil y la jurisprudencia consolidada en este ámbito. Una buena práctica es solicitar informes médicos si hay lesionados y coordinar la actuación con peritos especializados en valoración de daños corporales cuando la entidad del siniestro lo requiera.
El tercer bloque es el lucro cesante y la pérdida de beneficios. En un edificio de oficinas, un hotel o un centro comercial, la paralización de un ascensor puede generar un perjuicio económico muy relevante. Para calcular este perjuicio, el perito debe analizar la duración real de la inactividad, los costes fijos que se siguen soportando y el margen dejado de percibir, todo ello documentado con la contabilidad del asegurado. Las pólizas que incluyen esta cobertura suelen establecer límites temporales y económicos muy precisos que el perito ha de respetar escrupulosamente, evitando interpretaciones extensivas que puedan generar conflictos de cobertura.
La Ley de Contrato de Seguro, en su artículo 18, obliga a la aseguradora a pagar o consignar el importe mínimo de lo que pueda deber dentro de los cuarenta días siguientes a la declaración del siniestro, y prevé intereses de demora si transcurren tres meses sin indemnizar de manera injustificada. En el caso de ascensores, donde los repuestos pueden tener plazos de suministro largos y las reparaciones requerir autorizaciones administrativas o la intervención de organismos de control, estos plazos se vuelven difíciles de cumplir si no se agiliza cada fase del proceso pericial.
En la práctica, los peritos especializados suelen realizar la primera inspección en un plazo de dos a cinco días hábiles desde la asignación del encargo. El informe pericial completo puede entregarse en diez a quince días hábiles, pero cuando se requieren ensayos adicionales, como análisis metalográficos de los cables o comprobaciones de fatiga en componentes estructurales, el proceso se puede alargar hasta treinta días. La aseguradora debe articular mecanismos de seguimiento constantes, con alertas automáticas, para que ningún expediente quede bloqueado. Controlar estos tiempos no es solo un imperativo legal: es el factor que más influye en la satisfacción del asegurado y en la capacidad de la compañía para ejercer acciones de repetición contra fabricantes o mantenedores antes de que prescriban las acciones legales correspondientes.
Tras analizar cientos de expedientes de siniestros en ascensores, se repiten varios patrones de error que incrementan el coste final y la conflictividad del siniestro. El primero de ellos es la inspección insuficiente o incompleta. Omitir la revisión de los sistemas de seguridad, no documentar adecuadamente el estado de los cables o no verificar el funcionamiento del limitador de velocidad provoca informes débiles que, en caso de litigio, no resisten una contrapericia bien fundamentada. La solución pasa por establecer checklists técnicos específicos para ascensores, que el perito debe completar en cada inspección y que deben ser revisados por un supervisor antes de la entrega del informe a la compañía.
Un segundo error frecuente es ignorar las causas raíz y limitarse a describir los daños visibles. Un fallo en el cuadro de maniobra puede deberse a un pico de tensión en la red eléctrica, a una falta de mantenimiento de los contactores o a un defecto de diseño del fabricante. Si el perito no indaga hasta la causa original, la aseguradora podría pagar una reparación que no evitará una futura repetición del siniestro y, además, perderá la oportunidad de repercutir el coste al fabricante o a la empresa mantenedora. Incorporar un análisis sistemático de causa raíz, aunque solo sea a nivel de inspección visual y documental, mejora la calidad del peritaje de manera notable y protege los intereses de la compañía a medio y largo plazo.
El tercer error recurrente es la valoración sin criterio homogéneo. Cuando una misma aseguradora utiliza varios peritos externos, es habitual encontrar diferencias de criterio a la hora de aplicar la depreciación a los componentes del ascensor o de considerar un elemento como reparable o no. La vida útil de los distintos componentes de un ascensor varía significativamente: los cables de tracción pueden tener una vida útil de diez a quince años, mientras que el cuadro de maniobra puede durar veinte años o más. Establecer guías técnicas internas, con tablas de vida útil y tasas de depreciación por tipo de componente, y realizar auditorías periódicas sobre una muestra de expedientes, reduce esa variabilidad y fortalece la posición de la compañía ante posibles disputas con los asegurados.
Muchas aseguradoras, especialmente aquellas que no disponen de una red propia de peritos con conocimientos específicos en ascensores, optan por externalizar total o parcialmente este servicio. La externalización bien gestionada aporta flexibilidad geográfica, especialización técnica y capacidad para absorber picos de siniestralidad sin incurrir en costes fijos de estructura. Sin embargo, elegir un proveedor basándose solo en el precio por expediente suele resultar contraproducente: la peritación de un ascensor no es una tarea de mera tramitación administrativa; exige conocimientos sólidos de ingeniería mecánica y eléctrica, dominio de la legislación industrial y experiencia contrastada en campo.
Los criterios clave para seleccionar un colaborador externo en peritación de ascensores incluyen: experiencia acreditada en el ramo con referencias verificables de otras aseguradoras, certificaciones de calidad que avalen sus procesos, capacidad para realizar inspecciones en todo el territorio nacional con tiempos de respuesta garantizados por contrato, integración de sus sistemas informáticos con los de la aseguradora para una trazabilidad total de cada expediente, y un panel de peritos que combine la especialización mecánica con la eléctrica y la de seguridad. Un modelo de externalización maduro incorpora, además, indicadores como el tiempo medio de entrega de informes, el porcentaje de expedientes con disconformidad del asegurado y el importe medio de las indemnizaciones en comparación con las reservas iniciales, permitiendo a la compañía evaluar de forma objetiva la calidad del servicio recibido.
Cuando se enfrenta a un siniestro en un ascensor, el tramitador debe priorizar tres acciones: contactar inmediatamente con un perito especializado en este tipo de equipos, recabar el historial completo del ascensor (contrato de mantenimiento, inspecciones del organismo de control autorizado, reparaciones anteriores y libro de registro) y establecer hitos de seguimiento que impidan que el expediente quede estancado en ninguna de sus fases. La fase de investigación de la causa es la que determina la solvencia de todo el resto del proceso; invertir tiempo y recursos en esta etapa, con un perito cualificado, evita discusiones posteriores sobre coberturas y acelera la liquidación del siniestro en condiciones justas para todas las partes.
En el día a día de la tramitación, disponer de una guía con los puntos de inspección mínimos para ascensores, diferenciando entre ascensores eléctricos e hidráulicos, es una herramienta que eleva la calidad media de la gestión y facilita la revisión de los informes periciales por parte del equipo interno. Además, contar con un proveedor externo que comparta estos protocolos y los audite periódicamente permite escalar la operativa sin perder criterio técnico ni control sobre los costes. Al final, el objetivo es pagar lo justo en el menor tiempo posible, preservando la relación con el asegurado y minimizando el riesgo de judicialización del expediente.
Para el perito que interviene en un siniestro de ascensor, el desafío va mucho más allá de identificar los daños visibles en una primera inspección. Es necesario dominar las normas UNE-EN 81-20 y UNE-EN 81-80, conocer los mecanismos de fallo más habituales en cada tipología de ascensor (fatiga en cables de tracción, desgaste de guías, fugas internas en cilindros hidráulicos, fallos en variadores de frecuencia) y saber traducir ese conocimiento técnico en un lenguaje claro y riguroso que pueda ser empleado tanto por el tramitador de la aseguradora como, llegado el caso, por un juez o un árbitro. La incorporación de técnicas de análisis de causa raíz y de ensayos no destructivos añade un plus de rigor que diferencia un informe meramente descriptivo de uno con alto valor probatorio, capaz de sostener la posición de la compañía en cualquier escenario.
En el ámbito de la cuantificación, el perito debe manejar bases de precios sectoriales actualizadas y tener criterio para aplicar las depreciaciones de cada componente del ascensor sin caer en arbitrariedades que debiliten el informe. La coherencia con los principios de la Ley de Contrato de Seguro y con la jurisprudencia más reciente es la mejor defensa ante una contrapericia. En un contexto normativo cada vez más exigente, con reglamentos que obligan a modernizar los ascensores existentes, el perito debe estar al día de las obligaciones legales que afectan a cada equipo y valorar si el siniestro guarda relación con un incumplimiento de dichas obligaciones. Solo así se consigue que la peritación, incluso en los siniestros más complejos, sea un activo estratégico para la aseguradora y no una fuente de incertidumbre y costes ocultos.
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